Un sistema contra incendios es clave para cuidar la integridad de una edificación, bien sea de carácter residencial, comercial o gubernamental.
Para estas instalaciones, se define desde la fase de proyecto qué materiales se utilizarán y cómo se ejecutará la construcción, pues son temas relevantes para reducir costos y tiempos de ejecución, aspectos en los que el uso de CPVC ofrece ventajas respecto a otros materiales por requerir menos herramientas y fases, pero ¿en qué condiciones está permitido su uso considerando factores como la resistencia y la protección que ofrecen?
Cuando hablamos sobre instalaciones y sistemas destinados a mitigar o apagar el fuego en caso de incendios, hablamos de salvar las vidas y proteger los bienes de quienes habitan en el lugar. Por eso es necesario que un sistema contra incendios sea eficaz cuando se requiera su uso.
El uso de determinados materiales, sin embargo, está limitado a la observación de características propias de cada situación. En el caso del CPVC, su empleo es autorizado para casos de riesgo ligero, según una clasificación que toma en cuenta variables como el origen del fuego y la cantidad de material que puede quemarse durante una emergencia; por esto es importante conocer la clasificación de los incendios vigente en México.
La Norma Oficial Mexicana para clasificación de incendios, establecida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, incluye distintas clases de situaciones que tienen el fuego como causa:
Con base en los criterios anteriores, asociaciones como la NFPA (Asociación Nacional de Protección contra el Fuego, por sus siglas en inglés) en Estados Unidos y todo el mundo, clasifican las edificaciones de acuerdo con un sistema que evalúa el riesgo potencial en cada una, incluidos los casos de riesgo ligero.
De acuerdo con las definiciones de las normas NFPA13, el riesgo leve o ligero existe en los casos en los que la estructura contiene combustible en pocas cantidades, por lo que se prevén bajos índices de liberación de calor.
La NFPA define el riesgo como “el peligro relativo durante el comienzo y la propagación de un incendio, el peligro del humo o de los gases generados y la probabilidad de explosión u otro suceso que ponga potencialmente en peligro la vida o la seguridad de los ocupantes del edificio o la estructura”.
La misma asociación establece que las autoridades competentes deberán determinar el riesgo y autorizar o rechazar medidas de extinción, incluidos sistemas y materiales.
En concordancia con la asociación estadounidense, la Norma Oficial Mexicana NMX-S-066-SCFI-2015, promulgada por iniciativa de la Secretaría de Economía, clasifica en las ocupaciones de riesgo ligero los casos en los que la cantidad y capacidad de combustión de los materiales y contenidos que están dentro de un inmueble es baja, por lo que los posibles incendios irradiarían cantidades bajas de calor.
Con base en la clasificación de ocupaciones de riesgo que hacen la NFPA y la Norma oficial Mexicana, los edificios residenciales son parte del primer nivel de riesgo, “leve” o “ligero”. En estos casos, el uso de CPVC para la instalación de un sistema de rociadores contra incendios es autorizado.
Junto con las edificaciones de carácter residencial, hay estructuras destinadas a negocios o de carácter gubernamental que entran en la clasificación de riesgo ligero en la que la NFPA y las normativas mexicanas avalan el uso del CPVC como material seguro para la instalación de sistemas contra incendios
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